Este artículo explica en qué casos no es necesario radicar la 1040US y cuándo sí podría ser requerido.
❌NO necesitas radicar la 1040US si:
- Eres residente bona fide de Puerto Rico.
- Todos tus ingresos son de fuente puertorriqueña.
- No tienes ingresos sujetos a tributación federal (como salarios por trabajo en EE.UU., dividendos de fuente estadounidense, etc.).
Solo estás radicando el 1040SS para pagar el impuesto de trabajo por cuenta propia.
✅SÍ podrías necesitar radicar el 1040US si:
- Tuviste ingresos de fuente estadounidense (trabajo en EE.UU., inversiones, alquileres, etc.).
- No calificas como residente bona fide de Puerto Rico según el IRS.
- Recibiste ciertos beneficios federales (como adelantos de créditos federales que deben reconciliarse).
- Quieres reclamar ciertos créditos federales reembolsables (por ejemplo, el Child Tax Credit federal para ciertos residentes de PR con 1 hijo o más, si cualificas).